Qué es la derivación de aportes
Todo trabajador en relación de dependencia aporta un porcentaje de su sueldo a una obra social. La "opción de cambio" permite redirigir ese aporte a una prepaga que tenga convenio con tu obra social de origen, en vez de usar los servicios propios de la obra social.
Cómo se hace en la práctica
- Elegís una prepaga que tenga convenio con tu obra social (la mayoría de las grandes lo tienen).
- Firmás la solicitud de cambio con la prepaga, que gestiona el trámite ante la obra social y la AFIP/ARCA.
- El cambio suele tardar uno o dos meses en hacerse efectivo en el recibo de sueldo.
Qué conviene revisar antes
El aporte que se deriva depende de tu sueldo; si es bajo, puede no alcanzar para el plan que te interesa y vas a tener que completar la diferencia de tu bolsillo. Pedí siempre la cotización exacta según tu aporte antes de decidir.
Este contenido es informativo y no reemplaza la consulta profesional.
Fuentes consultadas: Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), régimen de Ley 23.660 y 23.661 de Obras Sociales y opción de cambio. Actualizado el 9 dic 2026. Información general: no reemplaza la consulta con un profesional matriculado ni la revisión del contrato de cada plan.
Preguntas frecuentes
¿Puedo derivar mi aporte a cualquier prepaga?
Solo a una que tenga convenio vigente con tu obra social de origen. No todas las prepagas tienen convenio con todas las obras sociales.
¿Pierdo mi obra social si hago la derivación?
No, seguís aportando a tu obra social; simplemente ese aporte se usa para pagar (total o parcialmente) el plan de la prepaga elegida.
¿Cuánto tarda en hacerse efectivo el cambio?
En la práctica suele demorar uno o dos meses en reflejarse en el recibo de sueldo, según la gestión de la prepaga y la obra social.
